+ Felipe Arizmendi Esquivel
Obispo Emérito de SCLC
MIRAR
El Congreso francés aprobó, por amplia mayoría, incluir en su Constitución el llamado derecho al aborto, considerándolo una conquista de avanzada social y de modernidad cultural. Muchas personas han aplaudido esta decisión y anhelan que lo mismo hagan las legislaturas de más países. Otros en cambio, tanto en la misma Francia como en diversos lugares, lo hemos deplorado, porque lo consideramos un retroceso en humanidad. Tener derecho constitucional a matar a un ser humano inocente e indefenso, nos parece un declive lamentable. Las mujeres pueden tener derecho a hacer lo que quieran con su cuerpo, aunque esto también tiene límites éticos, pero aquí entra en juego no sólo su cuerpo, sino otro ser humano en desarrollo. Estamos llegando a una degradación, pues aplauden que se encarcele a alguien que mata a un perro, y promueven el libre asesinato de un ser humano. ¿Vale más un perro que una persona? ¿Eso es progreso en humanidad?
En varias partes, con ocasión del pasado 8 de marzo, día internacional de la mujer, unas pocas de ellas, de grupos muy radicales, financiados por no sabemos quién, hicieron pintas y destrozos en catedrales y templos, como un signo de aversión a nuestra postura permanente en defensa de la vida desde la concepción. Son muy respetables todas las mujeres y debemos seguir luchando por que se reconozcan su dignidad y sus reclamos, pero hay que defender también los derechos de las criaturas no nacidas.
Los cristianos, en éste y en otros asuntos, vamos a contracorriente y, por nuestra postura moral, inspirada en la Palabra de Dios, nos atacan. Ya nos lo había advertido Jesús: si queremos ser sus discípulos fieles, nos exponemos a sufrir persecución, incomprensión y aversión. Si un creyente decide amoldarse a los criterios predominantes en este mundo, contrarios a los mandamientos divinos, ha preferido las tinieblas a la luz.
DISCERNIR
Inspirado en el mandato divino que ordena no matar, el Catecismo de la Iglesia Católica dice: “La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida” (2270).
“Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral” (2271).
“La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae (se excluye a sí mismo de la Iglesia sin necesidad de un juicio canónico); es decir, incurre ipso facto (automáticamente) en ella quien comete el delito, en las condiciones previstas por el Derecho. Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad” (2272).
“El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación: Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte.
Cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho… El respeto y la protección que se han de garantizar, desde su misma concepción, a quien debe nacer, exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violación de sus derechos” (2273).
“Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrión deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano. El diagnóstico prenatal es moralmente lícito, si respeta la vida e integridad del embrión y del feto humano, y si se orienta hacia su protección o hacia su curación… Pero se opondrá gravemente a la ley moral cuando contempla la posibilidad, en dependencia de sus resultados, de provocar un aborto: un diagnóstico que atestigua la existencia de una malformación o de una enfermedad hereditaria no debe equivaler a una sentencia de muerte” (2274).
ACTUAR
Valoremos y respetemos cada día más a las mujeres, y sigamos defendiendo la vida de los concebidos en cualquier etapa de su gestación. ¡En ello nos jugamos el presente y el futuro de la humanidad!